SU SANTIDAD EL PAPA PIO XII CONFIRMA, CONSTITUYE Y DECLARA A LA SANTISIMA VIRGEN DE COROMOTO CELESTE Y PRINCIPAL PATRONA DE VENEZUELA

Su Santidad Papa Pío XII

Su Santidad Papa Pío XII

De conformidad con el canon 1.278, los excelentísimos señores Arzobispos y Obispos remitieron a la Santa Sede el decreto anterior para que el Santo Padre lo considerara y confirmara si a bien lo tenía.

Con fecha 7 de octubre de 1944, Su Santidad Pío XII se dignó ratificar en todo el acuerdo de los Obispos de Venezuela, pero sin saber por qué la decisión del Soberano Pontífice quedó archivada en la Sagrada Congregación de Ritos.

En abril de 1948, hallándose en Roma el autor de esta Historia dio los pasos conducentes para obtener la ratificación del acuerdo de los Obispos de Venezuela, pues todos ignorábamos que su Santidad hubiese fallado ya sobre este asunto.

Grande fue la extrañeza del Hermano Nectario al ver que en la Sagrada Congregación Romana, tampoco había memoria de las gestiones relativas a este Patronazgo, pues el anterior Prefecto había fallecido y otros eran los funcionarios que podían haber informado.

Consultados los Archivos, fueron hallados los informes y la decisión final del Soberano Pontífice.

Hiciéronse sacar copias legalizadas, las cuales fueron oficialmente entregadas a la Sagrada Congregación de Breves. Poco después, el 17 de abril, a las 11,30 a. m., el Hno. Nectario recibía directamente de la Santa Sede el tan anhelado Breve, pero, temiendo que permanecer aún en Europa, el precioso documento fue remitido a Venezuela con el Rdo. Hno. Gastón, Director del

Colegio «La Salle» de la Colina en Caracas, quien a su vez, el 19 de mayo, lo depositó en manos del excelentísimo señor Arzobispo de Caracas, quien seguidamente comunicó tan fausto acontecimiento al Clero y pueblo venezolanos con la siguiente Pastoral, publicada en «La Religión», el 21 de mayo de 1948.

PASTORAL DEL EXCELENTISIMO SEÑOR ARZOBISPO DE CARACAS

NOS, LUCAS GUILLERMO CASTILLO

por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica

Arzobispo de Caracas

A nuestro muy venerable señor Deán y Capítulo Metropolitano, al Clero y a los fieles de la Archidiócesis.

Salud y bendición en Nuestro Señor Jesucristo.

Lleno el ánimo de la más grata complacencia, venimos a promulgar solemnemente, por medio de las presentes, el texto precioso y venerable del Breve Pontificio, a través del cual, ha querido Su Santidad el Papa Pío XII acceder benignamente a la súplica del Episcopado Patrio, quien ya desde el año 1942 y a norma del Canon 1.278 solicitó de la Sagrada Congregación de Ritos la canónica confirmación del Decreto del mismo Episcopado, de fecha 1.º de mayo de 1942, bajo la advocación de Nuestra Señora de Coromoto, PATRONA DE VENEZUELA.

He aquí, amados hijos, el tenor del Breve de Su Santidad, el cual, por las anormalidades de las comunicaciones, no pudimos recibir con la debida anterioridad:

«PIO PAPA XII -para perpetua memoria-. Todos los pueblos, que desde los más apartados rincones de la tierra llegaron a la luz de la verdad cristiana, han experimentado la tutela maternal de la Santísima Virgen María y, en acción de gracias por los beneficios de Ella recibidos, le levantan férvi. do y solemne himno entonado «por todas las tribus, lenguas, pueblos y naciones.» No de otra suerte acaece entre los fieles cristianos, nacionales o europeos, que de todas partes de Venezuela, numerosos acuden con piedad al Santuario dedicado a Dios en honor de la Divina Madre «de Coromoto», en el lugar llamado «Guanare de los Cospes» (1). Este amor de la Virgen, en realidad esclareció las inteligencias de los nacionales, elevó sus corazones hacia el cielo y los alivió en las adversidades tanto públicas como privadas, desde el momento en que, según la tradición, la misma Madre de Dios apareció en el propio lugar en donde luego se levantó un Templo, que pronto fue como el Trono de la misericordia y gracia Divinas. Por tanto, la Fe de los Venezolanos en Cristo Señor, que los Españoles, sobre todo los Padres Predicadores de la Orden de Santo Domingo, llevaron allá el siglo XVI y que los Romanos Pontífices, atentos a la dilatación del Reino de Cris.to, próvidamente fomentaron por medio de la institución canónica en aquel tiempo de la Sagrada Jerarquía y de la primera Cátedra Episcopal, esa Fe, gracias principalmente a la fuerza y auxilio de una encendida devoción a la Santísima Virgen «de Coromoto», fue creciendo cada día más y permaneció incontaminada. Por eso, todos los Obispos de Venezuela y a la cabeza el Venerable Hermano Lucas Castillo, Arzobispo titular de Rizeo y Coadjutor de Caracas, a nombre también de los Sacerdotes y de todos los fieles, el año de 1942, declararon a la misma Divina Madre «de Coromoto» Patrona de toda la República y luego Nos pidieron encarecidamente que ratificáramos y confirmáramos su declaración. Y como quiera que, a ejemplo de Nuestros Predecesores, es de trascendental importancia para Nuestro paternal corazón en que, a mayor gloria de Dios y para provecho espiritual, se aumente cada vez más la piedad mariana, hemos gustosamente resuelto acceder benignamente a estos ruegos y votos de los Obispos, de uno y otro Clero, de la sociedad y de todo el pueblo de Venezuela. Por consiguiente, secundando los deseos del mencionado Arzobispo, después de haber oído también a Nuestro Venerable Hermano Carlos Salotti, Obispo de Palestrina, Cardenal de la Santa Iglesia Romana, Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos, con pleno conocimiento Nuestro y madura deliberación, por la plenitud de Nuestra Apostólica potestad, en virtud de las presentes Letras y a perpetuidad: confirmamos, constituimos y declaramos a la Santísima Virgen María «de Coromoto» en «Guanare de los Cos-pes» CELESTE Y PRINCIPAL PATRONA de toda la República de Venezuela, con todos y cada uno. de los privilegios litúrgicos que competen a tales principales Patronas. No debiendo en ninguna manera obstar nada en contrario. Esto declaramos y estatuimos, decretando que las presentes permanezcan firmes, válidas y eficaces para siempre; y que ellas surten y obtienen todos sus plenos e íntegros efectos; y que ellas dan fe ahora y siempre plenamente a quienes competa o competir pudiere; y que así se ha de juzgar y definir; y que será irrito y vacuo cuando desde ahora alguien, con cualquiera autoridad, consciente o ignorantemente, atentare hacer distinto acerca de esto. Dado en Roma, en San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el 7 del mes de octubre, el año 1944, sexto de Nuestro Pontificado.-Por mandato especial del Santísimo Padre.-Por el Sr. Cardenal Secretario de Estado (firmado) DOMINGO SPADA, Canciller de los Breves Apostólicos».

La lectura de esta soberana y paternal concesión del Vicario de Cristo debe su estímulo para acrecentar en nosotros la devoción a la Excelsa Patrona Nacional y reiterar nuestra fidelidad inquebrantable a la Cátedra de San Pedro. La Santísima Virgen ha contraído, por decirlo así, un nuevo compromiso con Venezuela. ¡Muestra que eres nuestra Madre!, podremos invocarla con exactitud y derecho propio. Pero al continuar depositando en la Augusta Madre de Dios nuestra filial confianza, también nosotros debemos demostrar que somos consecuentes con su celestial Patrocinio y cada uno de los venezolanos, cada hijo de esta tierra, puesta para siempre bajo el manto de Nuestra Señora de Coromoto, debe exteriorizar en una renovación de fe y en un mejoramiento de cristianas costumbres la gratitud y el amor a la que es la vida, dulzura y esperanza de Venezuela.

Por tanto y para juntar en un solo homenaje el debido agradecimiento a la Madre de Dios y el acatamiento a las intenciones expresadas por Su Santidad el Papa en la reciente encíclica «Auspicia Quaedam», el 1.° de mayo del año en curso, en la cual nos exhorta el Padre Santo a obligar con nuestras plegarias el corazón benigno y la segura intervención de María en pro de la paz del mundo y de manera especial, de la paz de los Santos Lugares de Palestina, disponemos: que se dedique la última semana del presente mes de mayo a orar por dichas augustas intenciones; que el último domingo del mismo mes de mayo se promueva una Comunión general de niños y niñas; que, el próximo lunes 31, se celebre con toda pompa y solemnidad en todos los templos parroquiales y filiales de la Arquidiócesis la ceremonia de la Coronación de la Santísima Virgen, como un anticipo de la canónica Coronación de la sagrada Imagen de Nuestra Señora de Coromoto, que próximamente pediremos a la Santa Sede; a tal efecto y antes de dicha simbólica función, se expondrá el Santísimo Sacramento, se cantará el «Te Deum», en acción de gracias por la incomparable merced que ha otorgado a nuestra Patria, al darle por Patrona y Protectora a la Reina del Cielo; y se anunciará a los fieles con prolongado y solemne repique de campanas el Breve Pontificio de la confirmación canónica del Patronazgo Nacional de Nuestra Señora de Coromoto.

Estas Nuestras Letras se leerán en todos los templos de la Arquidiócesis el domingo siguiente después de recibidas, se registrarán y del cumplimiento de sus disposiciones finales se nos dará puntual participación.

Dadas, firmadas, selladas y refrendadas en Nuestro Palacio

Arzobispal de Caracas, a diecinueve de mayo de mil novecientos cuarenta y ocho. 19-12-1948

(L. S.) † LUCAS GUILLERMO CASTILLO,

Arzobispo de Caracas.

Pbro. Francisco A. Maldonado.

Secretario.